
“Pero si alguno me ha causado tristeza, no me la ha causado a mí solo, sino en cierto modo (por no exagerar) a todos vosotros. Le basta a tal persona esta reprensión hecha por muchos; así que, al contrario, vosotros más bien debéis perdonarle y consolarle, para que no sea consumido de demasiada tristeza. Por lo cual os ruego que confirméis el amor para con él. Porque también para este fin os escribí, para tener la prueba de si vosotros sois obedientes en todo” (2 Corintios 2:5-9)
Siempre que se tenga en miras la restauración de una persona que haya pecado y que se ore y trabaje espiritualmente para eso, aún la actitud tan dura, como la de dejar a una persona sola, atada a su pecado para que vuelva en sí, es aprobada por Dios.
Pero ¡Cuidado! Eso es muy distinto a cuando se intenta excluir de todo trato social y de todo ámbito posible a la persona en cuestión, por motivos que ya no son la gloria de Dios, ni buscando el bien de su alma para que sea restaurado; sino con actitudes judiciales que manifiestan corazones que no perdonan, porque guardan rencor y reclaman justicia o buscan venganza; aunque lo hagan bajo el pretexto de mantener santidad.
Siempre hay dos peligros para una congregación: La tolerancia al mal, cuando no se juzga el pecado ni se ejecuta la disciplina (1 Corintios 5:1-2) y la extrema severidad y falta de perdón que lleva a no restaurar a quien se haya arrepentido y confesado su pecado dejándolo que sea consumido en su demasiada tristeza. (2 Corintios 2:1-8)
Tengamos siempre presente que todo pecado se comete primeramente ante Dios y con el primero que se corta la comunión es con él. Por eso es que cuando Dios perdona y restaura la comunión con un hijo suyo, los demás creyentes no pueden negarse a actuar de la misma manera.
Pensamientos para reflexionar